jueves, 18 de febrero de 2021

Los contratos de alquiler deberán registrarse en AFIP

A partir del 1 de marzo, todos los contratos de alquiler se deberán registrar en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que hoy reglamentó el régimen previsto en la Ley 27.551. Se trata de la Resolución General N° 4933, que será publicada mañana en el Boletín Oficial y que incluye incluso a los contratos temporarios como Airbnb.
El régimen también prevé que los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios podrán informar en forma voluntaria un contrato.
Así Somos, el auténtico Diario Digital que se envía por e-mail a más de 40.000 suscriptores diariamente desde el año 2010

Libre de virus. www.avast.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario