07 de Abril 2020
LOCALIDAD: CAÑADA DE LUQUE.-
CARÁTULA: VIOLACION DE LAS MEDIDAS CONTRA EPIDEMIAS ART 205 C.PENAL y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. ART 239 C.PENAL
RESEÑA: Siendo las 10:00 hs, sobre Ruta Prov. Nº 17 Km 98, personal de policía caminera procedió al control de una pick up marca Toyota Hilux, la que circulaba en sentido este a oeste, conducida por un masculino de 47 años de edad, con domicilio en la ciudad de Marcos Juárez el cual iba acompañado por otro masculino de 22,años de edad, con domicilio en la localidad de Candelaria Sud; de ellos sólo el conductor poseía la documentación correspondiente para circular mientras que su acompañante no, motivo por el cual se procedió al traslado del sujeto a la dependencia quedando a disposición de la Fiscalía De Jesús María.
LOCALIDAD: SINSACATE.-
CARÁTULA: VIOLACION DE LAS MEDIDAS CONTRA EPIDEMIAS ART 205 C.PENAL y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. ART 239 C.PENAL
RESEÑA: Siendo las 10:40 hs, sobre Ruta Nac. N° 9 Km 759, personal de policía caminera procedió al control de una motocicleta marca honda, 125 cc , color rojo y negro, que lo hacía en sentido norte-sur, la misma era conducida por un masculino de 44 años de edad quien iba acompañado por una femenina de 34 años de edad, ambos con domicilio en Santiago del Estero, quienes al momento del control el conductor exhibió la documentación del vehículo como así también el permiso de circulación, el que al ser chequeado por sistema arrojó que es inexistente, no pudiendo así justificar su presencia en el lugar. Por lo que se procedió al traslado de los mismos a la dependencia policial quedando a disposición de Fiscalía De Jesús María.
LOCALIDAD: TOTORAL.-
CARÁTULA: VIOLACION DE LAS MEDIDAS CONTRA EPIDEMIAS ART 205 C.PENAL y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. ART 239 C.PENAL
RESEÑA: Siendo las 00:20 hs, sobre calle Tucumán y Rivadavia, personal policial procede al control de un masculino de 24 años de edad, domiciliado en B° A. Sabattini, quién al ser entrevistado manifestó que regresaba de la casa de un amigo donde estuvo cenando, por lo que se le puso en conocimiento del incumplimiento de lo previsto en el decreto n° 297/2020 del poder ejecutivo nacional, no estando previsto en una de las excepciones del art. 6 del presente, por lo que es trasladado a la dependencia policial a disposición de la Fiscalía de Instrucción de la ciudad de Jesús María.
LOCALIDAD: TOTORAL.
CARÁTULA: VIOLACION DE LAS MEDIDAS CONTRA EPIDEMIAS ART 205 C.PENAL y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. ART 239 C.PENAL
RESEÑA: Siendo las 00:50 hs, sobre Ruta Nac. N° 9 Km 784, personal policial mientras realizaba control vehicular procede al control de un camión marca Mercedes Benz el cual era conducido por un masculino de 30 años de edad con domicilio en la localidad de Sumampa, Pcia. de Sgo. Del Estero, el mismo no poseía permiso de circulación incumpliendo la cuarentena motivo no justificado dentro del Decreto Nacional de Emergencia Sanitaria por lo que es trasladado a la dependencia a disposición de la Fiscalía de Instrucción de Jesús María.
LOCALIDAD: TOTORAL.-
CARÁTULA: VIOLACION DE LAS MEDIDAS CONTRA EPIDEMIAS ART 205 C.PENAL y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. ART 239 C.PENAL
RESEÑA: Siendo las 00:55 hs, sobre Ruta Nac. N° 9 Km 784, personal policial mientras realizaba control vehicular procede al control de un camión marca Scania 113, el cual era conducido por un masculino de 49 años de edad domiciliado en la Provincia de Santa Fe, el mismo no momento no poseía permiso de circulación incumpliendo la cuarentena, motivo no justificado dentro del decreto Nacional De Emergencia Sanitaria por lo que es trasladado a la dependencia a disposición de la Fiscalía de Instrucción de la ciudad de Jesús María.
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