martes, 17 de enero de 2017

Exención Vehículo uso exclusivo Personas con Discapacidad en Santa Fe

Mediante la sanción de la Ley 13594 se modificó el inciso e) del Artículo 327 del Código Fiscal Ley 3456 (t.o. 2014 y modificatorias) que dispone la condiciones para el otorgamiento de la exención impositiva cuando se trate de vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas con discapacidad.
Se destaca que debe tratarse de vehículos de origen nacional o extranjero adquiridos bajo el régimen de la ley nacional N° 19279 y modificatorias y Decreto Reglamentario. Cuando no sean adquiridos bajo el régimen de esta ley, el valor fiscal del vehículo no debe superar el monto de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000).
Para consultar la normal legal debe ingresar en www.santafe.gov.ar/api - Disposiciones Legales - Leyes Provinciales - Año 2016 - Ley Provincial 13594/2016.
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