miércoles, 27 de abril de 2016

Cosquín sancionó Ordenanza de Residuos Sólidos Urbanos

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Cosquín sancionó la Ordenanza 3580/16 de Residuos Sólidos Urbanos, la misma será el marco de ordenamiento de todo lo relacionado con el servicio de recolección de residuos y limpieza, a los fines de preservar la higiene urbana.
Esta normativa municipal establece entre sus artículos la obligatoriedad de los frentistas de disponer de depósitos fijos o móviles para alojar transitoriamente los residuos. Para ello se establecen tres categorías de contenedores:
● Contenedores domiciliarios destinados a viviendas, deberán cumplir las siguientes dimensiones 0,60mts de diámetro mínimo, profundidad entre 0,40mts y 0,60mts, y una altura máxima de 1,50mts. Estos deberán instalarse en el sector de arbolado público sin afectar el tránsito peatonal.
● Contenedores comerciales Clase 1 destinados a comercios que generen residuos secos, deberán ser móviles y colocados en la acera minutos previos al horario fijado para la recolección de residuos. Contenedores comerciales Clase 2 para comercios que generen residuos húmedos y/o relacionados con alimentos, deberán tener tapa y dispuestos embolsados momentos previos al horario de recolección.
● Contenedores industriales, deberán solicitar a la Dirección de Servicios Públicos que establezcan las características más adecuadas en cada caso particular.
Los propietarios de edificaciones en torre o multiviviendas deberán instalar contenedores de uso común.
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