VIERNES 26/03
(Deán Funes)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En hora de la noche en Bº La Pileta personal policial procedió al traslada de un masculino mayor de edad (68) el cual se encontraba en avanzado estado de ebriedad, quedando el causante en sede policial para resguardo de su integridad física.
SATURACION EN LA LOCALIDAD DE OLIVARES DE SAN NICOLAS
El día viernes en la localidad de Olivares se llevo a cabo un Operativo de Saturación en la mencionada localidad y caminos rurales, con la modalidad de Controles vehiculares recorridos preventivos y se dieron recomendaciones a la población sobre las medidas de bioseguridad a tener en cuenta, dicho operativo contó con la colaboración de la Patrulla Rural y la U.R.D. Cruz del Eje, finalizando dicho operativo con el control de: vehículos, motocicletas, personas y procedimientos por el Código de Convivencia Ciudadano.
-
SABADO 27/03
(Deán Funes)
INFRACCIÓN A LAS NORMATIVAS SENASA
En horas de la mañana sobre Ruta Nacional N° 60, personal de la Patrulla Rural procedió al control de una camioneta, la cual circulaba con un tráiler y un animal equino, constatándose la falta de inscripción de habilitación SENASA.
(Deán Funes)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la mañana en el Aeroclub Deán Funes personal de la División Patrulla Rural procede al secuestro de diversos equinos en dicho predio, identificándose a posterior los propietarios de los mismos quien se hace entrega.
(Quilino)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la mañana personal de la Cria. Quilino procedió al secuestro de una motocicleta, en la que se conducida un masculino mayor (25), sin las medidas de seguridad.
(Deán Funes)
PEDIDO DE CAPTURA
En horas de la tarde personal del CAP procede al control de un vehículo marca Renault conducido por un masculino mayor de edad, el cual al ser chequeado por sistemas, arrojó pedido de captura vigente, por causas Penales se procedió al traslado del mismo a sede policial.
(Deán Funes)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la tarde en Barrio 9 de Julio personal del Cap procedió al secuestro de una motocicleta, conducida por masculino mayor de edad, quien circulaba sin medidas de seguridad.
(Ongamira)
INFRACCIÓN A LAS NORMATIVAS SENASA
En horas de la noche en Ruta Provincial N° 17 personal de la División Patrulla Rural procedió al control de una camioneta, conducida por un masculino mayor la cual circulaba con un tráiler con un animal mular con la documentación correspondiente, Constatándose la falta de habilitación del vehículo ante SENASA.
-
DOMINGO 28/03
(Deán Funes)
INFRACCION A LA LEY 23.737
En horas de la madrugada en Barrio Belgrano personal policial procedió al control de un menor de edad (17), quien al exhibir sus pertenencias extrae una planta de marihuana, una pipa artesanal y un papel de seda, se hace entrega de procedimiento con colaboración del personal de la FPA.
(Deán Funes)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la mañana en Barrio La Feria personal policial procede al secuestro de (01) equino identificándose a posterior al propietario.
(Los Pozos)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la mañana personal de la División Patrulla Rural Ischilin procede al Secuestro, de bovinos los cuales se encontraban en predios ajenos.
(Deán Funes)
VIOLACIÓN A LAS MEDIDAS SANITARIAS PARA EVITAR PROPAGACIÓN DE PANDEMIAS ART Nº 205 C.P
En horas de la noche en barrio personal de CAP a solicitud de colaboración de Defensa Civil constata que un masculino mayor habría se encontraba incumpliendo el aislamiento obligatorio por ser caso Positivo de Covid 19, se entrega procedimiento en Unidad judicial.
(Deán Funes)
CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANO
En horas de la madrugada en barrio Belgrano personal policial procedió al secuestro de un automóvil marca Renault, el cual era conducido por un menor de edad el cual se era acompañado por otros dos menores, quienes son trasladados a la sede policial a disposición de sus progenitores.
-
Durante el Fin de semana se constataron las siguientes INFRACCIONES A LA NORMATIVA VIGENTE EN CUANTO A INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE BIO SEGURIDAD LEY 10.702:
Se labraron Una (27) Acta en la ciudad de Deán Funes por Incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones sociales no autorizadas como también por la utilización de barbijo.
Se labraron Una (01) Acta en la ciudad de Quilino por Incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones sociales no autorizadas.
-
RECOMENDACIÓN A LA COMUNIDAD
Señor vecino en virtud al aumento de casos del COVID-19, le recordamos sobre la importancia de reforzar las medidas de prevención como la distancia social de dos metros, el uso de barbijo, el lavado frecuente de manos, evitar las reuniones en espacios cerrados. Entre todos podemos lograr que el virus no se propague en nuestra comunidad. Cumplamos y nos cuidemos entre todos.
A la vez se hace conocer el contenido de las notificaciones que se realizan a cerca de lo establecido en el Art. 8 del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 1033 en relación a las reuniones sociales, culturales y familiares, "Los eventos culturales, sociales, recreativas, religiosos o familiares y actividades en general de más de Veinte (20) personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilio de las personas, salvo el grupo conviviente", disposición que fue ratificada por la Provincia de Córdoba mediante Decreto Provincial Nº 888., medidas adoptadas con la finalidad de mitigar la propagación del virus Covid-19 y de contener la situación epidemiológica en el territorio Provincial y Nacional, procurando restringir las actividades que suponen conglomeración de personas en espacios cerrados. Así mismo, se pone en conocimiento que, en caso de incumplimiento o inobservancia a dichas disposiciones, estará incurriendo en los delitos tipificados en los Art. 205 y 239 del C.P, a saber "Articulo 205.- Sera reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violares las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.".- "Articulo 239.- Sera reprimido con prisión de quince día a un año el que resistiré o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legitimo de sus funciones o a personas que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal.", siendo pasible de igual modo, de la sanciones establecidas en la Ley Provincial Nº 10.702.
Se hace extensivo también que para la realización de todo evento de índole deportivo y/o social se deberá tramitar ante los organismos municipales de jurisdicción en los términos estipulados, debiendo hacer lo propio en caso de que correspondiera la solicitud de Policía Adicional.
Más noticias en: http://diarioasisomos.blogspot.com.ar
Así Somos, el auténtico Diario Digital que se envía por e-mail a más de 40.000 suscriptores diariamente desde el año 2010
No hay comentarios:
Publicar un comentario