lunes, 12 de diciembre de 2016

El TSJ adjudicó la construcción de la nueva sede de los tribunales de Río Segundo mientras que en Deán Funes desde hace años la Justicia trabaja en estado de hacinamiento

Por medio de una licitación pública, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) adjudicó a la empresa TEXIMCO S.A. el desarrollo del proyecto y la ejecución de la obra de los tribunales de la ciudad de Río Segundo. La construcción del nuevo edificio judicial demandará 86.436.000 de pesos. El expediente de la licitación (Nº 03/2016) ya cuenta con la aprobación del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
El edificio donde funcionarán los tribunales de la sede de Río Segundo tendrá 3.101 metros cuadrados cubiertos y la superficie total del terreno ronda los 6.058 metros cuadrados. El plazo total para el desarrollo y ejecución de la obra es de 600 días corridos.
El terreno fue cedido por la Municipalidad de Río Segundo –y, por su intermedio, por el esfuerzo de los vecinos- con cargo de que allí se construya el edificio judicial.
El TSJ concretó la adjudicación por medio del Acuerdo n.º 177, serie "C", dictado el 27 de septiembre de 2016. La apertura de sobres con las propuestas de las nueve empresas que habían adquirido los pliegos tuvo lugar el 2 de junio de este año. Finalmente, luego del análisis legal-económico y técnico y tras ponderar que solo tres ofertas se ajustaban a las condiciones establecidas, se resolvió adjudicar la obra a TEXIMCO S.A. y teniendo en cuenta que, efectivamente, el precio de mercado de la obra es el que se obtuvo a través de las ofertas económicas presentadas.

Nota de Redacción:
Definición de hacimamiento... "El término hacinamiento hace referencia a un estado de cosas lamentable que se caracteriza por el amontonamiento o acumulación de individuos o de animales en un mismo lugar, el cual a propósito que no se haya físicamente preparado para albergarlos".
"Es decir, la cantidad de los seres humanos que habitan o que ocupan un determinado espacio es superior a la capacidad que tal espacio debería y puede contener, de acuerdo a los parámetros de comodidad, seguridad e higiene".
"O sea, que esas personas o animales que se hayan viviendo una situación de hacinamiento se verán afectadas no únicamente por la incomodidad de tener que compartir un espacio mínimo y en el cual es prácticamente imposible moverse, con otros, sino también que a causa de ello será prácticamente imposible que ese lugar observe una higiene y una seguridad satisfactoria, afectándose claramente la salud de las personas, e incluso, en aquellas situaciones más extremas hasta puede existir riesgo de vida en los escenarios de hacinamiento".
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