jueves, 23 de marzo de 2017

El Concejo Deliberante de Deán Funes otorgará 20 becas para el XXII Congreso Argentino de Kinesiología, II Congreso Interdisciplinario del Deporte y I Simposio de Movimiento, Ciencia y Rehabilitación Integral

R E S O L U C I Ó N Nº 06
VISTO:
-Que el bloque del Vecinalismo Independiente realizó las gestiones correspondientes ante la Regional IV de Córdoba Capital, para la obtención de 20 becas gratuitas de inscripciones al:
XXII Congreso Argentino de Kinesiología
II Congreso Interdisciplinario del Deporte
I Simposio de Movimiento, Ciencia y Rehabilitación Integral.
A llevarse a cabo los días 6, 7 y 8 de Abril de 2017 en la Ciudad de Córdoba en el Complejo FORJA ubicado en la calle Mauricio Yadarlola s/n Esq. Punta del Sauce, de la misma ciudad, cuyo valor, sin este beneficio es de $1.500 (un mil quinientos).-
CONSIDERANDO:
-Que en esta ciudad se dicta la carrera de Nivel Superior PROFESORADO DE EDUCACION FISICA y la Carrera Universitaria LIC. EN FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGIA.-
-Que este tipo de capacitaciones brindan la adquisición de experiencias sumamente significativas y enriquecedoras en los estudiantes y profesionales egresados de sendas carreras.-
-Que dentro de los Objetivos Generales del evento se encuentran los de :
Fortalecer el conocimiento actualizado de los profesionales.
Promover la Investigación
Desarrollar nuevas habilidades y destrezas que serán de beneficio directo de los pacientes.
-Que este Concejo debe canalizar acciones para garantizar el perfeccionamiento de los estudiantes y profesionales que concurren o han egresados en nuestras casas de estudios.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE DEÁN FUNES SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:
Artículo 1°.- REPARTIR 10 (diez) becas para cada carrera.-
Artículo 2°.- FORMALIZAR la preinscripción a los aspirantes interesados en participar al Congreso bajo el procedimiento siguiente:
Para la carrera de Lic. En Kinesiología dependiente del CRES:
a- De todos los aspirantes, en caso de superar los 10 (diez) inscriptos, realizar un sorteo cuyos beneficiados sean los 10 (diez) primeros en adjudicarse el mismo.
b-En el caso que los inscriptos no alcanzaren a la suma mencionada, se otorgarán en forma directa a los inscriptos y se derivarán las becas excedentes a la carrera adyacente.
Para la carrera de Educación Física:
a-Las becas se dividirán para un posterior sorteo en: 3 (tres) para alumnos que se encuentren cursando la carrera, 3 (tres) para docentes del P.E.F. y 4 (cuatro) destinados a egresados de esa casa de estudios.
b-En el caso que los inscriptos no alcanzaren a la suma mencionada, se otorgarán en forma directa a los inscriptos y se derivarán las becas excedentes a la carrera adyacente.
Artículo 3°.- Establecer como lugares de inscripción ambas sedes educativas en horario normal de trabajo.-
Artículo 4°.- Disponer el día martes 28 de marzo como fecha del sorteo a realizarse en Concejo en Comisión.
Artículo 5°.- Cursar la invitación correspondiente a, por lo menos 1(un) representante autorizado de cada casa de estudios que oficiaran como fiscalizadores.
Artículo 6°.- Difundir los resultados del sorteo a los beneficiados.
Artículo 7°.- Enviar los resultados con los datos requeridos por la organización para la posterior suscripción en el Congreso.
Artículo 8°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
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