lunes, 6 de marzo de 2017

Dictaron la quiebra de la empresa Hugo O. Cagna S.A. de Río Cuarto

Por medio de la sentencia dictada el 22 de febrero de este año, el juez en lo Civil y Comercial y Familia de 3.º Nominación de Río Cuarto, Rolando Oscar Guadagna, dispuso la quiebra de Hugo O. Cagna S. A., con la consiguiente inhibición y prohibición a la sociedad de que realice pagos de cualquier naturaleza. Al mismo tiempo, fijó hasta el 11 de abril como plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de sus créditos ante la Sindicatura (encabezada por las contadoras Cirene Edith Heredia y Alicia María Bailetti, domiciliadas en la calle Echeverría Nº 187 de la ciudad de Río Cuarto).
De acuerdo con lo informado por el Juzgado, también se decidió "prohibir a los terceros efectuar pagos a la sociedad fallida, los que deberán efectuarse a la Sindicatura (o a las personas por ella autorizadas), quienes se encuentran legalmente facultadas para otorgar recibos, o concretarse por depósito judicial.
En virtud de lo informado, la quiebra fue dispuesta porque "la sociedad deudora no presentó las conformidades de los acreedores, necesarias para obtener el acuerdo preventivo, y porque tampoco se inscribió ningún interesado en la adquisición de acciones de la sociedad a fines de formular sus propias propuestas, tal como está previsto por los arts. 46 y 48 de la Ley de Concursos y Quiebras".
Cuando solicitó la apertura de su concurso preventivo, el 9 de junio de 2015, Hugo O. Gagna S.A. operaba en el mercado comercial "como distribuidora mayorista y negocio de venta minorista y directa al público de productos de perfumería, limpieza, comestibles, bazar, insumos para computación, artículos escolares, textiles y juguetería". En esa presentación, la empresa denunció que "trabajaban para la firma 80 personas, mientras que la Sindicatura informó que fueron prescindiendo de una cantidad importantes de empleados por lo que, en el mes de septiembre de 2015, figuraba una planta de 57 trabajadores, y al momento de declarase la quiebra quedarían 35".
Cabe recordar que el 6 de agosto de 2015, se había declarado abierto el concurso preventivo, que ahora derivó en su quiebra al no haberse podido lograr un acuerdo con los acreedores.
En el marco del proceso, fueron incautados varios vehículos y las síndicas se encuentran abocadas a la realización del inventario de los bienes y útiles, muebles y mercadería, para luego proponer la forma más conveniente de liquidación.
Desde el Juzgado se informó que "los primeros fondos que se recauden por cobro de los créditos de la sociedad o por la venta de bienes, como asimismo las sumas de dinero que pudieran existir en las cuentas bancarias, serán destinados al pago de los créditos con garantías especiales (si existieran), así como de los créditos por remuneraciones y subsidios familiares por seis meses, indemnizaciones por accidentes de trabajo, por antigüedad o despido y por falta de preaviso, vacaciones y sueldo anual complementario y cualquier otro derivado de la relación laboral (de conformidad con los arts. 183; 241, inc. 4° y 246, inc. 1° de la Ley de Concursos y Quiebras)".
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